La libre elección de médico, garantizada por Ley
El día 1 de octubre entra en vigor la Ley 31014, de de 21 de julio, de garantía de la atención sanitaria y del ejercicio de la libre eleccion en las prestaciones del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha. Dicha Ley deroga la anterior, Ley 24/2002, de 5 de diciembre, de Garantías en la Atención Sanitaria Especializada. La nueva normativa garantiza que los pacientes tendrán libertad de eleccion de médico de familia, enfermero y pediatra en atención primaria siempre en el ámbito de la zona básica de salud. También implica que se podrá elegir especialista de hospital (sólo uno) sin prejuicio de la asistencia en los centros hospitalarios de referencia.
A partir de ahora, será la Consejería competente en materia de sanidad la que fije los tiempos máximos de respuesta para la cirugía, pruebas complementarias y consultas externas de especialistas en base a:
a.- gravedad de las patologías
b.- eficacia de la intervención
c.- oportunidad de la intervención
d.- carácter invalidante de la intervención para el trabajo del paciente.
Puede consultar la ley completa en el siguiente enlace: ENLACE A LA LEY