Nueva normativa: Complemento de Maternidad
Desde el 12 de diciembre de 2019 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea reconoce el derecho de los hombres al cobro del complemento de maternidad, una normativa que es aplicable a las pensiones concedidas entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021.
Este complemento de Maternidad o Ayudada de Aportación Demográfica se trata de una prestación dineraria mensual que se suma a la pensión de jubilación, dirigida a la reducción de la brecha de género para reparar el perjuicio que han sufrido a lo largo de su carrera profesional las personas que hayan asumido el papel principal en el cuidado de los hijos.
Esta medida entró en vigor el 4 de febrero de 2021, solo puede ser cobrada por un progenitor y se reconoce el derecho desde el primer hijo. La aportación económica por cada hijo hasta un máximo de 4, lo establecen los Presupuestos Generales del Estado cada año. En 2023 se cobra 30,40€ mensual por cada hijo, máximo de 4.
Los hombres tienen también derecho a percibirlo si reúnen los requisitos incluidos en dicho texto: “Haber interrumpido o haber visto afectada su carrera profesional con ocasión del nacimiento o adopción”.
El proceso de solicitud es diferente para personal funcionario o estatutario:
a) Personal Funcionario: Solicitud a la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social ( Subdirección de Gestión de Clases Pasivas).
b) Personal Estatutario: Solicitud a la Dirección Provincial del Instituto Nacional de Seguridad Social de la provincia.
Desde la vocalía del Colegio de Médicos de Guadalajara agradecemos a nuestra compañera Carmen Hoyos Peña, que haya preparado este documento para ayudar a los compañeros que quieran reclamar el complemento de maternidad.
En el PDF adjunto puedes consultar la legislación vigente, los requisitos para su reconocimiento, el complemento para reducir la brecha de género, así como el procedimiento para su solicitud.